Procedimientos penales fraguados. Una seria disfunción en el sistema penal argentino


   

Procedimientos policiales fraguados. Una seria disfunción en el sistema penal argentino*.

                                                                                   Por Daniel Eduardo Rafecas**

 

Esta historia comenzó hace unos años, a raíz de haber participado de un juicio oral –como Secretario del Fiscal-, en el cual quedó demostrado que un hombre, presentado ante la justicia por la policía federal como un “peligroso narcotraficante”, no era más que un albañil desocupado que había sido captado por un sujeto de buena presencia, en la puerta de la Iglesia San Cayetano de Liniers (donde funciona una bolsa de trabajo), y trasladado, con la promesa de una “changa”, hasta el interior de la Estación Constitución. Una vez allí, el “patrón” lo dejó solo con la excusa de ir a comprar los boletos, hecho al cual sucedió un “operativo de rutina” por policías de civil, que se dirigió directamente al hombre. Claro, al lado del desocupado había un bolso dejado por el “patrón”, en el cual había drogas, una balanza y otros elementos comprometedores. Durante el juicio se comprobó la veracidad de la versión del imputado, ya que compañeros de la bolsa de trabajo de San Cayetano acudieron al juicio en su respaldo. Además, la droga resultó estar rebajada al 1 %, es decir, era inocua como tal, y tan sólo funcional a los perversos fines ocultos que llevaron a realizar el “procedimiento”. Recuerdo especialmente que, además del bolso que hasta ese momento había atraído todas las miradas forenses, recién durante el juicio oral se reparó en que había otro bolso secuestrado, pequeño, gastado, en cuyo interior se había registrado el hallazgo de un mameluco, una toalla y un sandwich. No hacía falta, pero nuestro pobre albañil aclaró que su esposa, todos los días, le preparaba un refrigerio para enfrentar cada duro e incierto día en el cual procuraba acercar algo de dinero para ella y sus tres hijos. La trampa policial llevó a la cárcel al hombre, hasta el día en que se recibió en el juzgado federal, la pericia química con el resultado de la calidad de la droga. Sin embargo, pese a ello y a otras luces de alarma que se advertían por doquier, el proceso, rutinario e impersonal, siguió su silencioso trámite hasta el debate en el tribunal oral.

A partir de este caso, muchos otros comenzaron a surgir. Un defensor oficial del fuero me puso al tanto de una decena de casos similares, ensañados especialmente con inmigrantes ilegales peruanos y bolivianos reclutados en la plaza de Cobo y Curapaligüe, en donde se aglomeran desesperados por obtener trabajo -aun esclavo-, para sobrevivir. Desde San Cayetano me informaron de tres o cuatro casos más. En mi propia fiscalía había algún que otro antecedente parecido.

Así, preocupado por esta situación, decidí elevar un informe por escrito a mi superior, que a su vez, lo remitió a la Procuración General, donde tuvo un eco favorable, a tal punto de que meses después quedaba conformada, con la firma del Procurador General de la Nación, una comisión investigadora de este tipo de procedimientos, formada por varios fiscales, y que también me incluyó.

Lo primero que se hizo en la Comisión fue remitir a todas las fiscalías penales de la ciudad de Buenos Aires, copia del informe para que tomen nota de lo detectado y para que hagan saber de otros posibles casos hasta entonces no incluidos. Grande fue la sorpresa cuando las respuestas de los fiscales fueron masivas, a tal punto que, de aquel originario de trece casos, pasamos en pocos meses, a un informe con cuarenta y dos.

En todos ellos, los patrones eran similares: víctimas con escasas posibilidades de reaccionar frente al sistema penal (mendigos, inmigrantes ilegales, sujetos con altísimo nivel de deterioro psicosocial por abuso de drogas o de alcohol, cartoneros, chicos de la calle, inimputables, etc.); “carnadas” que con diversas excusas los trasladan hasta el sitio donde luego tendrá lugar el procedimiento; hallazgo casual pero exitoso de material comprometedor (drogas, armas, etc.) que permite hablar de un transporte de drogas o de un intento de asalto frustrado por la policía; y la aparición casi inmediata de los medios televisivos y de prensa en el lugar del hecho.

Desde aquel inicio hasta fines de 2004, fecha en la que se redactó el informe final, la lista no terminó de aumentar, hasta terminar incluyendo poco más de cien casos, y tan solo se han incorporado aquellos en que la justicia absolvió o sobreseyó a la víctima, no así los casos de condena, pese a que éstos tienen todas las huellas dactilares de los procedimientos policiales fraguados. Simplemente, en muchos casos, la Comisión investigadora no llegó a tiempo para intentar evitar la condena, y en algún caso, los operadores judiciales que intervenían hicieron oídos sordos a los informes que se les remitió y condenaron al justiciable de todos modos.

 

¿Desde cuándo existe este tipo de procedimientos?

Es una pregunta difícil de contestar, ya que, en verdad, estas acciones son tributarias de otras similares que existían en décadas pasadas. Hay al respecto, un excelente trabajo de las reconocida Antropóloga Sofía Tiscornia, publicado en la Revista “Encrucijadas” de la UBA (2001), en donde la autora sitúa en perspectiva este tipo de procedimientos fraguados más bien modernos, y revela sus lazos parentales con las prácticas policiales-judiciales de distintas épocas, atravesadas por un único autoritarismo, sólo cambiante en intensidad merced a los controles a los que el poder se vio sometido en los distintos momentos de la Argentina.

Más en concreto, mi experiencia es que al menos comenzaron a detectarse ni bien arrancó el sistema de juicio oral. Hay un caso de 1993, en el cual un joven migrante chaqueño, apenas instruido pero padre de familia y excelente empleado de un supermercado, tuvo la mala idea de ir a hablar al locutorio de la Estación Constitución en el horario de su almuerzo. Nunca regresó. Cayó en una trampa policial al sentarse a esperar su turno al lado de un bolso, en el cual había armas, una granada y una nota indicando que iba a asaltar el local. Para colmo, dentro del bolso se colocaron papeles personales que el chico llevaba encima. Luego llamaron a los testigos, y dio comienzo el procedimiento, que llegó, un año después, al juicio oral, donde finalmente fue absuelto por un tecnicismo, pero que dejó entrever que “algo” no cerraba. De paso, la víctima, que estuvo presa, perdió todo, trabajo, familia y vivienda. Su mujer e hijo se volvieron al Chaco, y el muchacho, desocupado y estigmatizado, debió mudarse a una villa de emergencia, donde le perdí el rastro. Nunca pude dar con él para reivindicarlo al menos verbalmente, en nombre de la Justicia de su país, de lo que se descubriría años después.

Desde ese momento, los casos se registraron de modo ininterrumpido desde 1994 hasta hoy, con un pico ostensible durante 1997-1998, en donde la furia de operativos falsos no dio respiro al compás de asaltos frustrados a bancos, restoranes, supermercados y camiones blindados, todos, por supuesto, para la foto, el legajo y la estadística, y sin medir consecuencias en punto al tremendo daño a los inocentes involucrados y a la credibilidad y prestigio no sólo de la institución policial, sino también de la Justicia que no reacciona como debiera y de los medios de comunicación que se prestan a difundirlos.

 

¿Porqué lo hacen?

Todos estos procedimientos tuvieron cobertura periodística. Siempre aparecen las cámaras de televisión y al día siguiente, en muchísimos casos, la noticia es reproducida por los diarios, especialmente, por el medio “Crónica”, aunque también se han hecho eco de la versión policial los medios “Diario Popular” y “La Razón”, y en menor intensidad, “La Nación” y “Clarín”. Da tristeza ver años después, cómo estos medios dieron cuenta de episodios ficticios, con fotos y detalles que han sido burdamente preparados para eso: trasladar a la opinión pública, la sensación de eficiencia, la idea de que la policía combate eficientemente el delito, y para ello, se valen sin miramientos de personas inocentes, y de la –al menos- ingenuidad de los medios masivos de comunicación que “compran” sin revisar un producto espurio.

Luego de todos estos años de relacionarme con este tipo de casos, surge claramente que al menos una de las razones de ser de estos operativos es la promoción de eficiencia y la transmisión de la idea de que la policía lucha contra el delito.

Siempre los casos son presentados como procedimientos exitosos; un cargamento de drogas descubierto o un intento de asalto frustrado son lo más común. Nunca falta, en la nota periodística, el nombre de la dependencia que intervino y no son pocos los casos de reportajes a los jefes policiales a cargo del procedimiento.

Resulta tragicómico advertir cómo la agencia policial interviniente pone toda su imaginación para captar la atención de los medios y lograr así que éstos propalen la noticia: cocaína acondicionada en huevos de pascua; marihuana dentro de envases de chocolate en polvo o en tapas de frascos de desodorante; intentos de asalto donde se incautan medias de red, o peor, ¡la mismísma máscara del diablo!, para disimular facciones; hay muchos casos de planos o croquis del lugar a asaltar en las inmediaciones; asimismo, ha resultado muy exitoso, apelar al hallazgo de granadas u otros materiales explosivos (trotyl, etc.); o bien armamento de gran porte (carabinas, fusiles, etc.), para concitar la atención de las páginas policiales de los diarios.

Lamentablemente, siempre han sido muy apetecidos mediáticamente los casos en donde se vincula una nacionalidad con un delito; así hay muchos casos en donde uno o más inmigrantes peruanos o bolivianos fueron detenidos por transporte de marihuana o cocaína (“caen narcos bolivianos”, etc.), lo cual reafirma el mito de que todos los traficantes son de dichas nacionalidades y es allí donde hay que buscarlos (avivando sentimientos xenófobos que –por qué negarlo- perviven desde siempre entre nosotros, aunque vayan cambiando los destinatarios de nuestros prejuicios); o bien en muchos de los intentos de asalto fraguados no faltan los sobrecitos con cocaína o el cigarrillo de marihuana, con lo cual se refuerza en los circuitos de comunicación visual y escrita la “demonización” de la droga (como ligada directamente con el delito). Se trata de efectos colaterales pero no por ello menos importantes: no nos olvidemos que se trata de mensajes permanentes, provenientes de agencias del propio Estado y multiplicado por los medios, que van formando a la opinión pública acerca de quiénes son y cómo actúan los que son presentados como los únicos delincuentes (formación de estereotipos criminales).

Es impresionante ver las fotos que los diarios presentan de los casos detectados: en la abrumadora mayoría se ve al o a los detenidos, recostados boca abajo, con las manos esposadas a la espalda. Claro, son en su mayoría hombres, jóvenes, de piel oscura y vestidos humildemente. La escena del delincuente caído en desgracia es decorada con los objetos secuestrados y algún policía custodiando la escena. Algunos han esperado horas en esa denigrante posición hasta que aparezca el fotógrafo; otros en cambio, sufrieron los flashes casi antes de ser detenidos. Pero tarde o temprano, los esbirros del cuarto poder siempre están ahí.

Esto no quiere decir que no haya otras razones que …¿expliquen? estos operativos: es probable que reporten beneficios a las carreras de los que intervienen (especialmente de los jefes de la dependencia), o al menos sirvan para mantener al día las sedientas estadísticas policiales oficiales, siempre ávidas de más y mayores resultados en la lucha contra el crimen…no nos olvidemos, además, que de algún modo hay que justificar los imponentes presupuestos y hasta animarse a propugnar su incremento. Mostrar “resultados”, con detenidos y efectos secuestrados, es una de las vías aptas para ello.

¿Toda la policía actúa del mismo modo? No. En realidad, las dependencias que se han dedicado a fraguar procedimientos, en verdad, son casi siempre las mismas. Podemos dividirla en tres grandes grupos (Superintendencias en la burocracia policial): Seguridad Ferroviaria; Investigaciones; Drogas Peligrosas. En estas tres áreas se concentra el 80 % de los casos detectados. Con esto quiero decir que, si bien los casos son muchísimos, creo que así y todo la mayoría de los integrantes de la policía federal están al margen de estos aberrantes hechos, al menos por acción.

Muchos funcionarios judiciales, a veces, tienen reservas de investigar estos y otros casos de corrupción policial, por miedo a que se los interprete como un “enemigo de la institución”, cuando creo que es exactamente al revés. Separando a los autores de estas graves violaciones a los derechos humanos, es como se ayuda a la institución policial a mejorar su cometido y funcionamiento. Lejos de los que puede creerse, en mi caso particular tengo un altísimo respeto por la labor policial honesta y puesta al servicio del Estado de derecho y del sistema democrático, y no se me ocurre mejor manera de contribuir a su mejoramiento que ésta.

Con respecto a la actuación de la Justicia penal, de la cual formo parte, la suerte de las causas ha dependido siempre del funcionario responsable; así, en algunos casos, la agencia judicial ha dejado pasar casos impresentables y los ha llevado a la etapa de juicio oral sin hacer ninguna observación, y en otros, ha hecho naufragar el “procedimiento policial exitoso” a los pocos días de presentado ante el juzgado. Lo mismo acontece con las investigaciones respecto de los policías involucrados en los casos descubiertos: algunos avanzan rápidamente, con medidas de prueba y procesamientos (incluso ha habido condenas); otros, en cambio, sufren archivos prematuros y resoluciones anodinas que ponen un manto de olvido sobre el pasado. 

Lo que es terrible es el pavoroso efecto de la burocracia de la que están constituidas tanto la agencia policial como la judicial. Muy pocos recuerdan que detrás de estos casos hay personas de carne y hueso, inocentes, que han sufrido las peores privaciones. Nos hemos vuelto insensibles frente a estos dramas reales y cotidianos.  Es lo que Hannah Arendt denomina “la banalidad del mal”.  Ahí está Julio Quiroz, mendigo y sin techo, preso como narcotraficante, que murió olvidado en un pabellón de Devoto, para descubrirse tiempo después, que su causa fue un invento policial. O Jorge Nicolai, que fue captado mientras revolvía la basura en busca de comida, y terminó detenido, violado y contrayendo el virus HIV en prisión; o Jorge Ylich, un remisero que fue engañado y detenido por intento de asalto, que se había casado por civil esa misma tarde y que tenía todo preparado para la ceremonia religiosa y la fiesta al día siguiente, a las cuales, naturalmente, no pudo asistir (no sólo eso, ¡la mujer no le creyó y le pidió el divorcio!). Fue declarado inocente, en un juicio oral, cinco años después. También están los dramáticos casos de aquellos que pasaron un larguísimo tiempo en prisión hasta que la burocracia judicial se dio cuenta del engaño: Soria González, changarín uruguayo, dos años; Salgado Quispe, padre e hijo, ambos costureros bolivianos, catorce meses, son sólo ejemplos de decenas de casos similares.

Lo que causa estupor, además de todo ello, es el siguiente razonamiento: si todos estos procedimientos son, como está plenamente demostrado, ficticios, entonces, ¿de dónde sale la droga o el armamento que es presentado en los mismos?. Hay casos de kilos de cocaína o de marihuana; hay granadas, armas de fuego, rifles y hasta un fusil FAL. Hay decenas de autos robados con los que las víctimas son llevadas hasta la escena del procedimiento, para luego imputársele su ilegal tenencia. Causa conmoción imaginarse a los verdaderos autores de estos falsos procedimientos manipulando estos materiales prohibidos cuya tenencia deberían reprimir.

Desde la óptica jurídica, la aceptación de procedimientos policiales fraguados (llegando en muchos casos, como se dijo, a la condena) en el ámbito judicial dejan al descubierto evidentes fallas en el circuito de garantías penales y procesales de nuestro sistema penal, supuestamente destinado a proteger a todo imputado frente a los abusos del poder del estatal.

Así, en primer lugar, es evidente que la declaración indagatoria sigue siendo, en los hechos, una medida más para comprometer al imputado, y no un medio para proveer a su defensa, ya que rara vez se tomó en cuenta la versión que –con lujo de detalles- han brindado las víctimas de estos procedimientos.

Por otra parte, institutos ya de por sí criticables en teoría, como son la prisión preventiva y el juicio abreviado, exacerban sus efectos deletéreos en este tipo de casos, ya que muchos de los sujetos vulnerables que nutren los operativos fraguados terminaron sufriendo prolongados lapsos de prisión anticipada, y algunos de ellos, desesperados por la falta de respuesta judicial a esta situación de privación injusta de su libertad, terminaron pactando una pena con el fiscal, con el cual recuperaron finalmente su libertad. Inclusive hubo un caso en que el proceso penal se bifurcó (drogas al fuero federal; encubrimiento de un vehículo robado al fuero correccional), y resultó con condena en el primero (por juicio abreviado) y, tiempo después, absolución en el segundo (dado que se constató que fue un operativo fraguado). Un verdadero escándalo jurídico.

La experiencia de estos casos revela asimismo el excesivo celo puesto de manifiesto por el operador judicial medio, en formalismos y automatismos rituales propios de su función (conforme la visión neokantiana del derecho aprehendida en la facultad), en desmedro de la debida revisación que merece el contenido material del caso presentado por la agencia policial, dado que es muy común advertir cómo algunos expedientes han tardado largos meses en resolver cuestiones triviales (competencia, congruencia en la imputación, etc.), con el preso esperando, para descubrirse en el juicio oral que no eran más que causas armadas, las cuales podían haber sido desbaratadas desde un primer momento, evitando así los múltiples costes de su consecución.

            También me causó mucha impresión ver cómo esta realidad de los procedimientos fraguados encaja con la presentación acerca de cómo funciona el sistema penal efectuada en el Tratado de Derecho Penal de Zaffaroni-Alagia-Slokar, especialmente, con el ejercicio de poder punitivo subterráneo que ejercen las agencias ejecutivas, y con la selectividad que efectúan éstas, de sujetos vulnerables, que son precisamente las víctimas de estos hechos. Es más, el informe de la Comisión investigadora no sólo le da la razón a los autores, sino que me animo a decir que los ha dejado cortos en la apreciación de la dinámica de captación de los criminalizados, ya que en el Tratado se hace mención a que estos sujetos vulnerables deben incurrir en algún delito formal para caer en el andamiaje penal (opera tosca de la criminalidad), cuando el informe muestra a las claras que ello, al menos en este tipo de casos, ya no es necesario, que la sola condición de sujeto altamente vulnerable ya de por sí predispone a la agencia policial a seleccionarlo y presentarlo como delincuente ante la agencia judicial. La voracidad del sistema y sus necesidades funcionales ya no se detienen frente al “obstáculo” que supone esperar a que, de una buena vez, el sujeto vulnerable se decida a tentarse: lo ilícito le es impuesto por su sola condición de encuadrar en algún estereotipo de sujeto marginal, imposición que se logra mediante el engaño, aprovechándose de las múltiples y urgentes necesidades de las víctimas (oferta laboral, propuesta sexual, invitación a consumir sustancias estupefacientes, etc.). 

           

Conclusiones.

Tal como se menciona en el Tratado de Zaffaroni-Alagia-Slokar, la misión del jurista y del operador judicial es la de contener y acotar el ejercicio de poder punitivo estatal, a través de la reducción de sus mayores rasgos de irracionalidad, misión que está relacionada con la eterna lucha, de tipo dialéctica, entre el Estado de Derecho, y el Estado de policía que sobrevive en su interior, y que pulsiona por su permanente expansión.

            Este cometido, planteado de modo brillante y muy deseable en su consecución, no es más que un programa ideal expresado en el plano del deber ser, que lamentablemente dista notoriamente de lo que realmente acontece en el plano empírico, ya que tan sólo con leer el informe de los casos fraguados salta a la vista que la agencia judicial, lejos de aquella misión asignada en la teoría del saber penal, ha demostrado carecer de reflejos para contrarrestar estos hechos (que no son más que una demostración pura de ejercicio de poder punitivo manifiestamente ilegal ¡cuya legitimación se procura ante la Justicia penal!), y aquellas veces que ha reaccionado, lo ha hecho con una letanía exasperante, todo lo cual ha permitido que los procedimientos policiales fraguados se reiteraran una y otra vez sin mayores consecuencias adversas para sus perpetradores durante años, y que continúen, aunque en menor medida, actualmente.

            Además de ello, cabe concluir que los operadores judiciales son tan permeables a los prejuicios latentes en la selectividad por estereotipos como sus proveedores de las agencias ejecutivas; fatal inclinación que lleva a que aquéllos sean, en definitiva, utilizados como medio (por el manto de legitimación que les proveen, al menos en los primeros tramos del proceso) para que éstos satisfagan las múltiples finalidades que los lleva a fraguar procedimientos.

En resumen, enfrentar la verdad en torno a los procedimientos policiales fraguados es fundamental para la Justicia penal por diversas e importantes razones:

 

·          Constituyen flagrantes violaciones a los derechos humanos;

·          Encajan por lo general en tipos penales graves, tales como: privación ilegítima de la libertad agravada; falsedad de documentos públicos y falso testimonio agravado.

·          Reafirman falsamente la estigmatización de las personas de los segmentos sociales más bajos, que usualmente se quieren presentar mediáticamente como los únicos "delincuentes", y refuerzan el mensaje de una conexión “natural” entre marginalidad, droga y delito.

·          Recaen sobre personas con escasa o nula capacidad de reacción frente al sistema penal, esto es, sobre las personas más vulnerables y que más necesitadas están de la tutela del Estado en punto al cumplimiento de los derechos sociales garantizados en la Constitución Nacional, agravándose con relación a ciudadanos extranjeros por su agregado de discriminación.

·          Desmejoran la imagen de la institución policial, e indirectamente, la de la judicial frente a sus propios integrantes y a la ciudadanía.

·          Constituyen un factor de corrupción dentro de la institución policial, claro indicio de ello es la utilización de sustancias estupefacientes, armas de fuego y explosivos, vehículos robados, etc. de origen incierto, que le son atribuidos a las víctimas de estos procedimientos.

·          Son funcionales para justificar (o aumentar) la existencia de recursos humanos y materiales policiales en ciertas dependencias destinadas a la lucha contra el delito; o bien para obtener ascensos en el escalafón.

·          Indirectamente, se distrae (al menos en parte) a estas dependencias de su verdadera función de prevención e investigación de delitos reales.

·          Al presentarse estos casos en la instancia judicial, provocan un malgasto de recursos y de tiempo valioso (hasta juicios orales), que podría ser aprovechado para tramitar casos reales, especialmente, respecto de personas detenidas.

·          Inciden también en la superpoblación carcelaria.

·          Contribuyen al desprestigio de los medios de prensa, que propagan delitos inexistentes y detenciones de inocentes, que luego resultan desvirtuados por la Justicia.

 

            En conclusión, la existencia masiva de procedimientos policiales fraguados durante muchos años, realizados por la policía, tolerados por la Justicia penal y difundidos por los medios de comunicación, implicaron una vuelta al más crudo positivismo criminológico, o lo que es lo mismo, a la criminalización por el sólo hecho de ser portador de un estereotipo (vago, criminal, disminuido mental o alguna otra expresión de inferioridad racial, drogadicto, homosexual o travestido, inmigante). En otras palabras, presuponieron un regreso al derecho penal de autor, donde se castigaba penalmente a un individuo simplemente por lo que era. 

            Cabe señalar que a partir de octubre de 2003, fecha en la cual se hizo cargo de la Policía Federal el Comisario Prados, y hasta la fecha, no se ha reportado un solo caso más que tenga los parámetros aquí descriptos, signo de que las medidas preventivas y punitivas adoptadas desde los distintos estamentos estatales involucrados ha rendido resultado positivo en este sentido.

            Así, desde la Comisión que integré, se apuntó a contribuir al mejoramiento del servicio de justicia, constituyendo un aporte positivo para las instancias judiciales (que cuentan con un trabajo sistematizado y esclarecedor acerca del tema), para la institución policial (a quien se le ayuda a mejorar su labor y a ajustar sus órganos internos de contralor), para los medios de prensa (a fin de que puedan cumplir fielmente con su compromiso con la verdad y con la opinión pública), y por sobre todas las cosas, para los ciudadanos y la reafirmación de sus derechos y garantías constitucionales.

 



* Publicado en la “Revista del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal, Director. Juan F. Marteau. Nº 75, abril 2004, pp. 42-43. También fue publicado, con algunas modificaciones, en la “Revista de Derecho Procesal Penal”, Director: Edgardo Donna, Editorial Rubinzal-Culzoni, Bs. As., Nº 2006-2, noviembre de 2006. Asimismo, este tema está abordado también en Rafecas, Daniel: “La tortura y otras prácticas ilegales a detenidos”, tesis doctoral, Ed. Del Puerto, Bs. As., 2010.

** Doctor en Derecho Penal (UBA, 2009). Profesor de Derecho Penal (grado y posgrado), Facultad de Derecho, UBA. Juez Federal. Contacto: drafecas@gmail.com